Si un gobernante no cumple, que se vaya a su casa
El diputado federal Héctor Yunes Landa presentó una iniciativa de reforma a la Constitución Política del Estado de Veracruz para incluir la figura de revocación de mandato, y de esta forma, armonizar la legislación local al Decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 20 de diciembre.
“Vamos a corregir una omisión deliberada de Morena al aprobar en la sesión celebrada hace un par de semanas, una reforma electoral ilegal que limitó el derecho de los veracruzanos de realizar una consulta para decidir sobre la permanencia o revocación del Gobernador del Estado en función de su desempeño y resultados”, dijo luego de señalar que hace uso del derecho de iniciar leyes que le concede el artículo 34 de la Constitución del Estado.
Yunes Landa dijo que la revocación de mandato no se sustenta en un retiro arbitrario del cargo público, sino en la potestad ciudadana de que si un gobernante no cumple, tiene que ser relevado del cargo para que se vayan a su casa.
“Vamos a empoderar al pueblo de Veracruz. Vamos a garantizar, como lo establece la Constitución de la República, que la revocación de mandato funcione como una herramienta que regule y estimule el desempeño de los gobernantes. Quien robe, quien no cumpla, quien abuse del ejercicio del poder público o quien, simplemente, como en Veracruz, el Gobernador no tenga idea de lo que le corresponde hacer como titular del poder ejecutivo de nuestro estado, se irá de manera anticipada por la voluntad de los ciudadanos”, reiteró.
Recordó que la Constitución de la República establece que los gobernadores de los Estados no podrán durar en su encargo más de seis años y su mandato podrá ser revocado. “Con esta iniciativa que presento, estamos cumpliendo con la disposición de que sea la Constitución del Estado la que establezca las normas relativas al proceso de revocación de mandato en Veracruz”, dijo.
Entre estas normas destaca que este procedimiento podrá ser solicitado únicamente en una ocasión durante el periodo de gobierno, habiendo transcurrido la mitad del tiempo del encargo constitucional. Así mismo, el proceso de revocación de mandato y, en particular, la jornada de votación, no podrán realizarse en fechas coincidentes con la jornada electoral, ya sea federal o de las entidades federativas.
La solicitud de revocación deberá estar suscrita por, al menos el 10% de la lista nominal de electores de la entidad federativa. Ellos deberán tener una dispersión geográfica representativa en la mitad más uno, o más de los municipios o alcaldías de la entidad, y que resultado será vinculante si participan, por lo menos, el 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores de la entidad federativa. También es necesario que mayoría absoluta se manifiesten a favor de revocar el mandato conferido.
En su segundo transitorio, la iniciativa presentada este lunes establece que en caso de solicitarse el proceso de revocación de mandato del Gobernador del Estado electo para el periodo constitucional 2018-2024, la solicitud de firmas comenzará durante el mes de noviembre y hasta el 15 de diciembre del año 2021.
La petición correspondiente deberá presentarse dentro de los primeros quince días del mes de diciembre de 2021. En el supuesto de que la solicitud sea procedente, el Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz emitirá la convocatoria dentro de los veinte días siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la solicitud. La jornada de votación será a los sesenta días de expedida la convocatoria.
La iniciativa fue entregada en la oficina de la Presidencia del Congreso de Veracruz para iniciar el trámite parlamentario que corresponde.
Con información de Vertigo Politico