En Xalapa suspenden reuniones o fiestas y restringen a comercios por Día del Maestro

Xalapa, Ver. – De acuerdo con lo establecido en la Gaceta Municipal, en Xalapa se limitan del día 14 al 17 de mayo del presente año, las actividades realizadas por los establecimientos comerciales relacionadas con la conmemoración del “Día del Maestro” en el municipio, con el fin de evitar mayores contagios de coronavirus.

Estas incluyen restaurantes, así como los establecimientos de alimentos preparados, en los que el consumo se lleve a cabo dentro de los locales; los cuales podrán mantener su operación hasta en un 25% de su aforo como máximo, siempre y cuando ese porcentaje no implique aglomeraciones, privilegiando el servicio para llevar o de entrega a domicilio, cuidando en todo momento las medidas de sana distancia y de salud, previstas en la normatividad y en los acuerdos emitidos por esa autoridad municipal.

Los establecimientos comerciales en donde además exista venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado, incluidos aquellos en donde haya también venta de alimentos, abarrotes o similares, limitarán su venta de bebidas alcohólicas únicamente para llevar y de entrega a domicilio, dentro de los horarios comprendidos de las 12 a las 17 horas, cumpliendo siempre con las medidas establecidas.

Asimismo, se suspende la realización de reuniones, eventos, juntas, convivencias, fiestas o cualquier otro tipo de celebración relacionada con la citada conmemoración.

“Se exhorta a la población en general que se encuentra en el territorio del municipio de Xalapa, Veracruz, incluidas sus Congregaciones, a no llevar a cabo reuniones, eventos, fiestas u otro tipo de celebraciones tanto públicas como privadas durante el tiempo que dure la epidemia sanitaria originada por la enfermedad COVID-19, que no tengan el carácter de actividades esenciales establecidas en el Acuerdo de fecha 2 de abril de 2020, con número extraordinario 010, publicado en la Gaceta Municipal del H. Ayuntamiento de Xalapa”, detalla.

También se exhorta a los establecimientos comerciales en donde se lleva a cabo la venta de bebidas alcohólicas, a coadyuvar en el control del consumo de este producto, estableciendo ventas limitadas por persona, en quincenas, días de mayor afluencia, o en su caso, tratándose de fechas en donde se lleve a cabo alguna celebración o conmemoración marcada por el calendario 2020, durante todo el tiempo en que esté vigente la declaratoria de emergencia sanitaria ocasionada por la enfermedad COVID-19.

Lo anterior, con la finalidad de evitar que la población realice eventos en los que se pueda aglomerar un grupo considerado de personas y que pueda propiciar la propagación del virus SARS COV-2 (COVID-19).

Se exhortó a toda la población en general residente en el municipio de Xalapa, transeúntes y toda aquella que arribe al mismo y que no participe en actividades laborales no esenciales, a cumplir el resguardo domiciliario correspondiente.

Se entiende como resguardo domiciliario a la limitación voluntaria de movilidad, permaneciendo en el domicilio particular o sitio distinto al espacio público, el mayor tiempo posible.

El resguardo domiciliario se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años, estado de embarazo o puerperio, o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad cardiaca o pulmonar crónicas, inmunodepresión (adquirida o provocada), insuficiencia renal o hepática.

Se mantienen las medidas de protección y resguardo en domicilio de las personas pertenecientes a grupos de riesgo de contraer la enfermedad causada por el virus SARSCov2, con independencia de aquellas que se dejen de implementar para los municipios con baja o nula transmisión, en tanto no exista disposición legal en la materia.

Con información de Palabras Claras

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